FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio Plaza San Martín
- Baños 1
- Estado Excelente
- Orientación Oeste
- Disposición Frente
- Sup. Propia 60,00 m2
- Sup. Cubierta 43,00 m2
- Sup. Balcón 17,00 m2
U$S 850
ALQUILER
Esmeralda 1000
Plaza San Martín
> PALACIO PAZ XXI: ALQUILER MONOAMBIENTE CON TERRAZA PROPIA <
Departamento monoambiente con terraza propia en Palacio Paz, a pasos de la avenida Santa Fe y a una cuadra de Plaza San Martín.
DESARROLLO DE LA UNIDAD:
• Monoambiente con salida a gran balcón.
• Balcón terraza.
• Cocina incorporada. Horno y hornallas eléctricas. Campana. Alacenas y bajo mesada (incluye los destinados a ocultar heladera y lavavajillas).
• Baño completo.
AMENITIES:
• Seguridad 24 hs.
• Laundry.
• Gimnasio de 1500 m2 premium (Concesionado a la red Sport Club).
• Pileta de natación climatizada (Concesionado a la red Sport Club).
* Las medidas provistas son aproximadas - Los gastos de expensas expresados refieren a la última información recabada y deberán confirmarse - Fotografías no vinculantes ni contractuales.
SOL FLORIANI PROPIEDADES - CUCICBA M.N. 3793
DETALLE DE LA PROPIEDAD
Aire Acondicionado: Refrigeración y calefacción por sistema VRV/VFR
Amenitie: Laundry
Ascensor: Dos ascensores
Cochera: Cubierta
Terraza: Propia
ADICIONALES
A Estrenar
Amoblado
Luz
Vigilancia
VIDEOS
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.